Como un aporte sustantivo para aminorar los efectos catastróficos que la pandemia por covid-19 provocó en el sector, tildó el diputado e integrante de la comisión de pesca Bernardo Berger (RN) el despacho del proyecto que modifica la legislación pesquera a fin de enfrentar los efectos de la enfermedad.
“Este era un proyecto que sentíamos dentro de la comisión (de pesca) que era urgente de resolver, pues el sector se ha visto gravemente golpeado por las consecuencias económicas de las medidas sanitarias que se han implementado, necesarias por cierto, pero que afectan a un rubro que ya traía a cuestas una mochila pesada de nuevas imposiciones y obligaciones que se habían instruido hace poco tiempo”, explicó Berger.
La iniciativa quedo en condiciones de convertirse en ley apenas sea promulgada por el Ejecutivo.
En lo sustancial, la norma suspende la declaración de caducidad de las inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal, hasta el 31 de diciembre 2022
Además, establece que durante la vigencia de un estado de alerta sanitaria o sus prórrogas, o de declaración de zonas afectadas por sismos o catástrofes, diversas instituciones públicas ligadas al área quedarán facultadas para funcionar respecto de todos o algunos de sus miembros por medios telemáticos. El procedimiento respectivo deberá asegurar que el voto de sus miembros sea personal, fundado e indelegable.
Tratándose de acuerdos impostergables que deban ser adoptados por dichos organismos, sus presidentes, por decisión fundada, podrán citar a las respectivas sesiones a través de un procedimiento transparente, describiendo las condiciones y requerimientos del caso.
Entre estas instituciones se cuentan el Consejo Nacional de Pesca; los Consejos Zonales de Pesca; los Comités de Manejo, los Comités Científicos Técnicos; el Consejo del Fondo de Investigación Pesquero y de Acuicultura; los Consejos de Pesca Recreativa, el Consejo Directivo y los Consejos Consultivos Regionales de la Ley 21.069
Además, el proyecto extiende hasta el 1 de enero de 2024 el plazo fijado para que los armadores de embarcaciones artesanales de eslora igual o superior a 15 metros cumplan con la obligación de instalar cámaras para el registro de imágenes a bordo.
Por último, entrega un plazo extraordinario hasta el 31 de diciembre de 2021 para que los titulares de áreas de manejo cumplan con los requerimientos legales en orden a actualizar sus estudios o declarar actividad extractiva o de manejo en su línea.
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