Política

Berger respaldó proyecto que declara inembargables los equipos de protección personal de Bomberos

Por Prensa Los Ríos / 12 de septiembre de 2019
Fotografía de contexto
La iniciativa fue presentada en julio de 2013:
Atención: esta noticia fue publicada hace más de 5 años

Su total apoyo manifestó el diputado por Los Ríos Bernardo Berger (RN), al proyecto de ley que declara inembargables los equipos de protección personal de Bomberos.

La iniciativa ingresada en julio de 2013, modifica el artículo 9 de la ley 20.564 que establece la Ley Marco de Bomberos de Chile, y consigna que “serán inembargables los cuarteles, los vehículos, equipos y herramientas de propiedad de los Cuerpos de Bomberos, necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, serán inembargables los bienes que constituyan equipos de protección personal de cada Bombero Voluntario”.

“Los equipos de Protección Personal de Bomberos son adquiridos por los Cuerpos de Bomberos y asignados a cada voluntario al momento de asistir a una emergencia. Resulta de una falta de criterio total entonces, el que no se declaren inembargables, habida razón de que, en muchas ocasiones y producto de la falta de recursos de la misma institución, estos equipos son adquiridos por cada voluntario con recursos propios”, manifestó el legislador.

Agregó que “no se ve la razón por la cual, al igual que los bienes muebles e inmuebles de los Cuerpos de Bomberos de Chile tienen la calidad de inembargables, no se declaren asimismo inembargables los bienes que cada voluntario adquiere, con sus propios medios, para el cumplimiento de una admirable labor”.

Finalmente manifestó que “la adquisición de estos equipos por parte de los voluntarios en estricto rigor, viene a ser una forma de subsidiar el rol que el mismo Estado tiene respecto de los Bomberos de Chile, y no parece justo que producto de la insolvencia o la desgracia económica que un voluntario pudiese sufrir, se tengan que ver afectados estos elementos cuyo único fin es el servicio a la comunidad, y no el incremento patrimonial de la persona”.

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?