La Corte de Apelaciones de Valdivia fijó en setenta millones de pesos la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Jorge Héctor Núñez Ampuero, detenido en su domicilio el 9 de septiembre de 1974 por efectivos del Servicio de Inteligencia Militar.
Tras la detención, Núñez fue trasladado a un centro de detención y posteriormente llevado a la cárcel de Isla Teja, lugar donde permaneció incomunicado durante tres meses, periodo en el cual fue víctima de tortura y apremios ilegítimos.
Posteriormente, el 9 de julio de 1975, un Consejo de Guerra lo condenó a 20 años de presidio, pena que finalmente fue conmutada por 15 años de exilio.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, con declaración que se aumenta el monto de la indemnización reparatoria en proporción al daño causado a Núñez Ampuero.
El fallo resolvió que “se confirma la sentencia de diez de noviembre del año recién pasado, con declaración que se aumenta la indemnización por daño moral a la suma de setenta millones de pesos, pagaderos en la forma establecida en la sentencia de primera instancia".
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