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Aprobada "Ley Tamara" que aumenta penas por delitos contra niños y niñas

Por Mario Guarda / 17 de agosto de 2022 | 10:40
El objetivo es reforzar la protección penal a la infancia, a adultos mayores y a personas con discapacidad. Créditos: Archivo.
Proyecto fue presentado tras el asesinato de Tamara Moya, de 5 años, baleada en el contexto de una encerrona, en febrero del 2021. Revisa detalles de las penas en la nueva normativa.
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El martes 16 de agosto fueron aprobadas en tercer trámite por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, una serie de modificaciones al Código Penal, con el propósito de agravar e incrementar las penas de delitos cometidos contra niños y niñas.

La iniciativa fue respaldada por 116 votos a favor, 3 en contra y 16 abstenciones, siendo despachada para su promulgación.

El objetivo es reforzar la protección penal a la infancia, a adultos mayores y a personas con discapacidad. Se pone de relieve el reproche social a delitos como homicidios, violación y secuestros, realizados contra este tipo de víctimas, que son más vulnerables.

Se trata de un proyecto refundido, originado en un mensaje del gobierno anterior y una moción de diputados, iniciativas que fueron presentadas en marzo del 2021 tras el asesinato de Tamara Moya, de 5 años, baleada en el contexto de una encerrona, en febrero del año pasado.

El texto agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad. En esa línea los tribunales deberán tener especial consideración para la cuantía de la pena.

Normativa

La normativa aprobada indica que en delitos contra las personas, en el caso que concurra alguna de las circunstancias contemplada en la nueva agravante establecida, la pena se determinará excluyendo el grado mínimo, si es compuesta. O el mínimo si consta de un solo grado. 

Respecto al delito de violación a una persona menor de catorce años, se remplaza la sanción de presidio mayor en cualquiera de sus grados (cinco años y un día a 20 años), por grado medio a máximo, que va desde 10 años y un día a 20 años.

Además, se incluyen nuevas circunstancias en el delito de homicidio: como cuando la víctima sea menor de 18 años, adulto mayor o persona con discapacidad. En el caso de que se mate a otro por premio o promesa remuneratoria, se añade cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.

En tal sentido, la pena del homicidio simple, para dichos casos, se eleva. Aumenta desde presidio mayor en grado medio (10 años y un día a 15 años), a grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años).

También, se añadió al homicidio simple dentro del listado de delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular a la libertad condicional.

Respecto al delito de violencia o intimidación, se incluyen las amenazas a la integridad de niños que se encuentren al interior de un vehículo. Ello ya sea para apropiarse del móvil o para obtener las pertenencias en su interior.

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