La Corte de Apelaciones de Puerto Montt declaró admisible el recurso de protección presentado por afiliada en contra de la AFP Modelo S.A., por retener y no hacer entrega de los fondos previsionales correspondientes al 10% de cuenta de capitalización individual, transcurrido el plazo legal de 10 días hábiles, desde la autorización del retiro.
En fallo unánime (causa rol 1.534-2020), la Sala de Cuenta del tribunal de alzada –integrada por los ministros Patricio Rondini, Jaime Vicente Meza y el abogado (i) Christian Löbel– acogió a tramitación la acción cautelar que busca que se ordene la entrega inmediata de los fondos.
"Por interpuesto el recurso. Informe la recurrida al tenor de la presentación que en copia auténtica se le remitirá, debiendo adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder y digan relación con el recurso interpuesto en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de prescindir del informe solicitado", consigna la resolución.
Respecto a la solicitud de dictar orden de no innovar en tanto se tramita el recurso de protección, la Corte de Puerto Montt no le dio lugar, al no precisar la recurrente dicha petición.
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